Un proyecto solar comercial o industrial se estructura distinto a uno residencial desde el primer contacto: el instalador hace un estudio de consumo con la curva de carga real del negocio, dimensiona el sistema contra ese consumo (no contra el espacio disponible) y presenta el proyecto con un análisis de retorno de inversión, no solo una cotización de equipos. El período de retorno típico depende del consumo actual, la tarifa comercial/industrial vigente y el tamaño del sistema — pídele a cada instalador ese cálculo específico para tu caso, no una cifra genérica de mercado.
La Ley 1715 de 2014 es el eje del caso de negocio en este segmento: ofrece exclusión de IVA en los equipos, exención de aranceles de importación y depreciación acelerada, condicionados a que el proyecto esté registrado ante la UPME como generador de energía por fuentes no convencionales. Un instalador comercial/industrial serio conoce este trámite y puede orientarte en él, o indicarte con quién gestionarlo — es parte de lo que separa una cotización EPC completa de una simple venta de equipos.
Al comparar instaladores en este segmento, compara también capacidad de financiamiento (leasing, alianza bancaria) y experiencia por tamaño de proyecto: una empresa con trayectoria en sistemas de 20–50 kWp no necesariamente tiene la misma capacidad de ejecución en proyectos de 200 kWp o más.